Se amplia a un año la tarifa plana para autónomos

Por Miguel Vázquez
Asesor y Socio de
G & V Asesores

La nueva ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo facilita la ampliación de la tarifa plana de 50 euros de 6 a 12 meses, eso sí, solo para nuevas altas o para aquellos que no lo fueron en los dos últimos años, tres en el caso de que la última alta estuviera bonificada. Pasado el primer año hay otros 6 meses con una reducción del 50% de cuota y otros 6 meses con una reducción del 30% .
Otras novedades interesante de la nueva ley son: Deduciones: El autónomo que trabaje desde casa, podrá deducirse un 30% en el IRPF de los gastos de suministros de electricidad, gas, agua, telefonía e internet de la parte de la vivienda afecta a la actividad. Por manutención podrá deducirse 27,27 euros diarios (48 euros en el extranjero) en concepto de gastos de dietas, siempre que se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería, que se paguen por medios electrónicos y que se disponga de factura en condiciones. Cotización: En vez de pagar la cuota de autónomos por meses completos como hasta ahora, se paga por días reales de alta, cotizando sólo desde el día en que se den de alta y hasta el día en que se den de baja; Se amplia de dos a cuatro los posibles cambios anuales de base de cotización y hasta tres veces de alta y de baja se podrán dar los autónomos en el mismo año. Recargos: Se reducen del 20% al 10% los recargos por retrasos en los pagos a la Seguridad Social. Conciliación familiar: Bonificación del 100% de la cuota durante la baja por maternidad o paternidad; Tarifa plana para las mujeres que se reincorporen tras la maternidad en los dos años siguientes a la fecha de baja por maternidad; Bonificación hasta el 100% de la cuota por cuidado de menores de 12 años o dependientes; Bonificación del 100% durante un año para aquellos autónomos que contraten de manera indefinida a familiares (cónyuge, padres, hijos, hermanos, abuelos, suegros, nietos, yernos y nueras). Cobro de la pensión: Si el trabajador autónomo está en edad de jubilación y tiene personal contratado en el negocio, podrá compatibilizar su salario y recibir el 100% de la pensión.
Si eres trabajador autónomo y quieres conocer en que te beneficia la nueva ley, o estás pensando en convertirte en emprendedor, es recomendable contar con el asesoramiento de un profesional que te informará a fondo.

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